Qué es la LPO en viviendas turísticas

Posted by: sebcreativos

julio 23, 2024

La licencia de primera ocupación es un documento expedido por las autoridades locales o municipales que certifica que una vivienda nueva ha sido construido de acuerdo con los permisos y normativas urbanísticas pertinentes y que cumpla los requisitos mínimos de habitabilidad para ser habitado por personas. Esta licencia confirma que la construcción ha finalizado y que la vivienda está lista para ser ocupada por sus propietarios o inquilinos.

En el caso de las viviendas turísticas, la obtención de la Licencia de Primera Ocupación es un requisito importante para poder operar legalmente como alojamiento turístico. Sin esta licencia, la vivienda puede no cumplir las normas legales y de seguridad necesarias para alojar huéspedes.

El primer documento que la Inspección de Turismo querrá ver al inspeccionar una vivienda con fines turísticos en Andalucía es la «Licencia de Primera Ocupación» (LPO).

Básicamente, esta licencia (LPO) es el permiso que concede el Ayuntamiento (de ahí que sea una licencia municipal) una vez finalizadas las obras de construcción de un edificio, lo que permite al comprador vivir legalmente en la vivienda.

LPO Viviendas turísticas

 

Todas las viviendas de nueva construcción deben tener esta licencia y sin ella no se pueden solicitar los servicios básicos de electricidad y agua. Todas las viviendas construidas después de 1992 deben tener esta licencia (con algunas excepciones); Si aún no la tiene, puede solicitarla en el Ayuntamiento. En algunos casos, el Administrador de la Comunidad puede tener una copia. Es importante saber que si vives en régimen de propiedad horizontal habrá una LPO para todo el edificio y no una por vivienda.

Si el Ayuntamiento no tiene constancia de ello y tampoco su Administrador, debe usted solicitarlo. Puede hacerlo a través de un arquitecto técnico, que acudirá a su piso, realizará las mediciones correspondientes y verificará el funcionamiento de las instalaciones para luego emitir el informe pertinente.

Normalmente se trata de un procedimiento muy sencillo. Solo puede haber complicaciones debidas a la burocracia del Ayuntamiento; Este proceso puede tardar hasta 6 meses antes de que recibas la LPO definitiva..

Los honorarios del arquitecto pueden variar entre 500 y 1.000 euros. Por lo tanto, es importante buscar a la persona adecuada para ahorrarse mucho dinero. A esta cantidad hay que añadir la tasa que hay que pagar al Ayuntamiento, este impuesto varía en función del municipio en el que se encuentre el inmueble.

Ten en cuenta que si ya has contratado a un arquitecto técnico e iniciado los trámites pero aún no has recibido la LPO, la licencia turística puede ser solicitada y aprobada por la Junta ya que para ello no es necesaria la resolución de la primera.

Older Diferencia entre metros construidos, metros útiles y zonas comunes.

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